Por disposición de la Corte Constitucional de Colombia, el Instituto de Seguro Social (ISS) de ese país deberá realizar el pago de la pensión de sobreviviente a un hombre que durante 28 años fue compañero sentimental de un sacerdote que falleció en 2009.
Se trata de la primera vez que se concede una pensión a una pareja homosexual integrada por un sacerdote.
Se trata de la primera vez que se concede una pensión a una pareja homosexual integrada por un sacerdote.
El hombre, cuya identidad permanece en reserva por orden de la Justicia,
fue pareja del cura durante 28 años. En 2009, el sacerdote falleció y
"Pedro" –como lo llamaron los medios colombianos- inició los trámites
para poder cobrar la pensión como cualquier otro viudo. Pero el
Instituto de Seguro Social se negó a pagarle alegando que el religioso
no podía tener pareja porque debía mantener el voto de castidad. Sin
embargo, la Corte rechazó tal argumentó y ordenó el pagó de la pensión.
"Aquí el saldo pedagógico es decir a las parejas de la Iglesia cristiana católica vaticana que también tienen derechos y que los reclamen porque estamos en un país donde la democracia es importante y el tema religioso está aparte, no interesa, pues Colombia es un país laico", dijo el abogado Germán Rincón, defensor de la pareja del sacerdote.
"El hecho de que exista una relación de pareja entre un sacerdote y un civil no significa que no se tengan derechos", agregó Rincón.
"Esta concepción amplia de familia debe, por ende, hacerse compatible con la prohibición constitucional de discriminar en razón de la orientación u opción sexual", explicó el abogado.
Para el alto tribunal, no es democrático relegar a los homosexuales al nivel de ciudadanos de segunda categoría.
Aunque desde 2007 la Justicia colombiana reconoce los derechos patrimoniales, de salud y pensión para las parejas del mismo sexo, sin importar su condición social, ni religiosa, es la primera vez que se concede una pensión a una pareja homosexual integrada por un sacerdote.
"Aquí el saldo pedagógico es decir a las parejas de la Iglesia cristiana católica vaticana que también tienen derechos y que los reclamen porque estamos en un país donde la democracia es importante y el tema religioso está aparte, no interesa, pues Colombia es un país laico", dijo el abogado Germán Rincón, defensor de la pareja del sacerdote.
"El hecho de que exista una relación de pareja entre un sacerdote y un civil no significa que no se tengan derechos", agregó Rincón.
"Esta concepción amplia de familia debe, por ende, hacerse compatible con la prohibición constitucional de discriminar en razón de la orientación u opción sexual", explicó el abogado.
Para el alto tribunal, no es democrático relegar a los homosexuales al nivel de ciudadanos de segunda categoría.
Aunque desde 2007 la Justicia colombiana reconoce los derechos patrimoniales, de salud y pensión para las parejas del mismo sexo, sin importar su condición social, ni religiosa, es la primera vez que se concede una pensión a una pareja homosexual integrada por un sacerdote.
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