El gobierno regional de Huancavelica ( sur-este del Perú) aprobó hace algunos días una ordenanza con la cual se busca prevenir y eliminar la discriminación en todas sus formas, incluyendo aquella motivada por la orientación sexual de las personas.
La definición de discriminación usada en la ordenanza es la misma que se ha venido empleando en normas del mismo tipo en todo el Perú : "la intención y/o efecto de excluir, tratar como inferior a una persona o grupo de personas que tiene como base su pertenencia a un grupo social y que tiene como motivo o efecto disminuir sus oportunidades y opciones o anular o menoscabar el reconocimiento de sus derechos".
En su articulo 5º la ordenanza , motivos prohibidos de discriminación, señala que el gobierno de Huancavelica reconoce la igualdad entre los seres humanos y rechaza toda discriminación por razones de raza, sexo, religión, condición económica, clase social, posición política, indumentaria, orientación sexual, actividad, condición de salud, discapacidad, lugar de origen o residencia,edad, idioma o de cualquier otra índole.
La norma dispone que cualquier autoridad o funcionario público del departamento de Huancavelica que cometa actos de discriminación será denunciado penalmente por violación del artículo 323 del código penal.
La definición de discriminación usada en la ordenanza es la misma que se ha venido empleando en normas del mismo tipo en todo el Perú : "la intención y/o efecto de excluir, tratar como inferior a una persona o grupo de personas que tiene como base su pertenencia a un grupo social y que tiene como motivo o efecto disminuir sus oportunidades y opciones o anular o menoscabar el reconocimiento de sus derechos".
En su articulo 5º la ordenanza , motivos prohibidos de discriminación, señala que el gobierno de Huancavelica reconoce la igualdad entre los seres humanos y rechaza toda discriminación por razones de raza, sexo, religión, condición económica, clase social, posición política, indumentaria, orientación sexual, actividad, condición de salud, discapacidad, lugar de origen o residencia,edad, idioma o de cualquier otra índole.
La norma dispone que cualquier autoridad o funcionario público del departamento de Huancavelica que cometa actos de discriminación será denunciado penalmente por violación del artículo 323 del código penal.
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