27 de mayo de 2012
La Corte Constitucional de Colombia sentenció a favor de una pareja gay que denunció ante la institución la discriminación sufrida por parte de un centro comercial de Cali, la tercera ciudad más grande del país, de donde se les expulsó por darse un beso.
La demanda había sido rechazada en primera y segunda instancia. "Yo respeto su forma de pensar, pero ustedes tienen que comportarse o si no, tienen que retirarse del centro comercial porque aquí hay familias y niños", fueron las palabras de un guardia hacia la parejaque se había dado un beso y un abrazo en los espacios del centro.
"El trato dado por el guardia pretendía anular o dominar a los jóvenes homosexuales, apelando a prejuicios sociales y personales de que sus besos de pareja en público son reprochables al resultar más afrentosos para la tranquilidad, la seguridad y la moralidad públicas que los besos que se dan los heterosexuales (…). No pudieron haber puesto en riesgo los derechos de los demás, los derechos de los niños, ni tampoco en general el ordenamiento jurídico", concluyó la Corte Constitucional.
Insistió en que el derecho fundamental de los jóvenes a la libertad y a la igualdad fueron violados: “Besarse de modo romántico con la pareja, sea o no homosexual, es parte de los espacios de libertad individual que toda persona natural posee a la luz de su dignidad para vivir como se quiere, para su libre desarrollo personal y para el derecho a no ser molestado en esa elección específica que solo a él o ella interesa”.
Ahora tanto el centro comercial como la empresa de seguridad de cuyos servicios goza tendrán que presentar una excusa pública a la pareja y organizar un curso de formación en derechos humanos para sus empleados
"El trato dado por el guardia pretendía anular o dominar a los jóvenes homosexuales, apelando a prejuicios sociales y personales de que sus besos de pareja en público son reprochables al resultar más afrentosos para la tranquilidad, la seguridad y la moralidad públicas que los besos que se dan los heterosexuales (…). No pudieron haber puesto en riesgo los derechos de los demás, los derechos de los niños, ni tampoco en general el ordenamiento jurídico", concluyó la Corte Constitucional.
Insistió en que el derecho fundamental de los jóvenes a la libertad y a la igualdad fueron violados: “Besarse de modo romántico con la pareja, sea o no homosexual, es parte de los espacios de libertad individual que toda persona natural posee a la luz de su dignidad para vivir como se quiere, para su libre desarrollo personal y para el derecho a no ser molestado en esa elección específica que solo a él o ella interesa”.
Ahora tanto el centro comercial como la empresa de seguridad de cuyos servicios goza tendrán que presentar una excusa pública a la pareja y organizar un curso de formación en derechos humanos para sus empleados
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