El Consejo Regional de Loreto aprobó por unanimidad una Ordenanza Regional que prohíbe la discriminación contra la comunidad gay, lesbianas, transexuales y trabajadoras sexual (GBT y TS) en toda la jurisdicción de la región Loreto.
Es la primera ordenanza regional específica, es decir destinada a promover la lucha contra la discriminación por orientacion sexual e identidad de género aunque, lamentablemente, utiliza el cuestionado término de "poblaciones vulnerables" para referirse a Lesbianas, Gays, Transexuales, Bisexuales (LGTB), Hombres que tienen sexo con Hombres (HSH), Trabajadores y Trabajadoras Sexuales (TS) .
La norma señala que a partir de la fecha el Gobierno Regional , a través de sus diversos organismos, promoverá el desarrollo e implementación de políticas y programas destinados a ejecutar acciones permanentes para prevenir y controlar la progresión de las ITS y el VIH/SIDA y eliminar todo rechazo, estigma y discriminación de las llamadas "poblaciones vulnerables".
Es la primera ordenanza regional específica, es decir destinada a promover la lucha contra la discriminación por orientacion sexual e identidad de género aunque, lamentablemente, utiliza el cuestionado término de "poblaciones vulnerables" para referirse a Lesbianas, Gays, Transexuales, Bisexuales (LGTB), Hombres que tienen sexo con Hombres (HSH), Trabajadores y Trabajadoras Sexuales (TS) .
La norma señala que a partir de la fecha el Gobierno Regional , a través de sus diversos organismos, promoverá el desarrollo e implementación de políticas y programas destinados a ejecutar acciones permanentes para prevenir y controlar la progresión de las ITS y el VIH/SIDA y eliminar todo rechazo, estigma y discriminación de las llamadas "poblaciones vulnerables".
En su artículo tercero, el documento señala que queda prohibido "cualquier tipo de conducta de discriminación en todas sus formas, así como el uso de expresiones discriminatorias por parte de funcionarios y funcionarias, servidores y servidoras públicos de todas las entidades del gobierno regional de Loreto, organismos descentralizados públicos, personas jurídicas de derecho privado, así como de cualquier ciudadano y ciudadana que se encuentre dentro de todo el ámbito de la jurisdicción de la región Loreto".
Del mismo modo, la norma precisa las conductas discriminatorias sancionables en el ámbito laboral público, salud y educación.
Así, se señala como conducta discriminatoria el impedir el acceso de las "poblaciones vulnerables" a la educación pública o privada, a becas y a cualquier otro beneficio o incentivo para la permanencia en el sistema educativo. También el negar el ingreso, expulsar o aplicar sanciones disciplinarias o expresiones ofensivas de cualquier otra índole a todo estudiante por causas de orientación sexual o identidad de género u otro motivo discriminatorio. La exigibilidad del resultado de las pruebas de VIH y SIDA como requisito para acceder a servicios de salud, educación y trabajo.
1 comentario:
Poco a Poco se va mejorando
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