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miércoles, 15 de agosto de 2018

Se publicó el Manual de Derechos Humanos aplicados a la función policial. Incluye enfoque de Género y establece que la policía no debe discriminar a personas LGBT


Se acaba de publicar el Manual de Derechos Humanos aplicados a la función policial. Documento busca que los procedimientos y técnicas básicas de intervención policial se realicen en el marco del respeto a los Derechos Humanos.
Existen diferencias entre la restricción y la violación de los derechos humanos. La policía puede restringir los derechos humanos de los autores de delitos a fin de proteger a las víctimas. Por ello, no toda restricción o limitación de un derecho humano significa que se está violando dicho derecho.
La policía puede restringir o limitar los derechos humanos de los autores de delitos debido a que la libertad y los derechos de una persona no son absolutos, sino que terminan donde empieza la libertad y los derechos de otras personas. Pero esta restricción no debe ir más allá de lo estrictamente necesario para lograr el resultado buscado verificando el respeto de ciertas condiciones y límites.
Así lo establece el Manual de Derechos Humanos aplicados a la función policial, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 952-2018-IN, publicada hoy en la separata especial del martes 14 de agosto de 2018 del diario oficial El Peruano.
En el capitulo 1, Conceptos Fundamentales se establece que la primacía de la persona humana y sus derechos fundamentales es uno de los principios institucionales que orienta el ejercicio de las funciones y atribuciones de la Policía Nacional.
De acuerdo a este principio, la defensa y protección de la persona humana, el respeto a su dignidad y a las  garantías para el pleno ejercicio de sus derechos fundamentales tienen preeminencia en el ejercicio de la función policial y que para llevar a la práctica este principio se debe considerar los enfoques de derechos humanos, género e interculturalidad.
En el Capítulo IV : Víctimas y grupos en situación de vulnerabilidad, B. GRUPOS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD 6. Personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGBTI) se señala:
"Son personas que, debido a los prejuicios, estereotipos y estigmas sobre su orientación sexual o identidad de género, suelen ser discriminadas en diversos ámbitos de nuestra sociedad, como el laboral, político, cultural y hasta el familiar.
Esta situación las y los convierte en un grupo vulnerable y proclive a sufrir agresiones y ataques contra su vida e integridad, discriminación, insultos, exclusión y negación de derechos, no solo de parte de las autoridades o terceras personas sino incluso de su propia familia y entorno.
La policía además de tratar a estas personas con el mismo respeto que se brinda a cualquier otro ciudadano, deberá tener siempre presente lo siguiente:
- Evitar todo acto discriminatorio, cruel, humillante o degradante, de carácter sexual o no, que constituya un agravio a la dignidad o intimidad de la persona.
-Garantizar y respetar el derecho al libre disfrute del espacio público que comprende el ingreso y
permanencia a lugares públicos o el derecho a reunirse pacífi camente.
- Garantizar y reconocer el derecho a la libre expresión, asociación y reunión.
- Prestar auxilio inmediatamente cuando son víctimas de  agresiones, así como también registrar adecuada y oportunamente sus denuncias.

Pueden descargar el manual aquí:

martes, 9 de enero de 2018

Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó garantizar a las parejas del mismo sexo todos los derechos, incluido el matrimonio.



A raíz de una consulta del gobierno de Luis Guillermo Solís, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó a Costa Rica garantizarles a las parejas del mismo sexo todos los derechos existentes en la legislación, incluido el derecho al matrimonio, sin discriminación alguna frente a las parejas heterosexuales.

La orden se extiende a los 20 estados que reconocen la competencia contenciosa de la Corte. A saber: Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam y Uruguay.

Algunos de estos, como Colombia, Argentina, Brasil, Uruguay y México (en algunos estados), ya garantizan este derecho.

En la OPINIÓN CONSULTIVA SOBRE IDENTIDAD DE GÉNERO, Y NODISCRIMINACIÓN A PAREJAS DEL MISMO SEXO emitida por la Corte IDH, esta resolvió por unanimidad: "El Estado debe reconocer y garantizar todos los derechos que se deriven de un vínculo familiar entre personas del mismo sexo de conformidad con lo establecido en los artículos 11.2 y 17.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos y en los términos establecidos en los párrafos a 200 a 218".

Con seis votos contra uno, también advirtió de que "es necesario que los estados garanticen el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos, incluyendo el derecho al matrimonio, para asegurar la protección de todos los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo sexo, sin discriminación con respecto a las que están constituidas con parejas heterosexuales".

De hecho, los jueces interamericanos afirmaron que, mientras se emprenden reformas formales, el país igualmente tiene el deber de garantizar estos derechos de manera transitoria, sin discriminación alguna.

Dentro de la argumentación, la Corte dice: "Para ello (garantizar los derechos), podría ser necesario que los estados modifiquen las figuras existentes a través de medidas legislativas, judiciales o administrativas, para ampliarlas (las figuras jurídicas) a las parejas constituidas por personas del mismo sexo. Los estados que tuviesen dificultades institucionales para adecuar las figuras existentes, transitoriamente, y en tanto de buena fe impulsen esas reformas, tienen de la misma manera el deber de garantizar a las parejas constituidas por personas del mismo sexo, igualdad y paridad de derechos respecto de las de distinto sexo, sin discriminación alguna".

Incluso, el juez colombiano Humberto Antonio Sierra Porto emitió un voto aparte para precisar los alcances legales y la potestad que tiene el Poder Ejecutivo para regular, en determinados casos, mediante reglamentos de derechos humanos.

“Espero que el presente voto contribuya para que los estados tengan en cuenta que la garantía de reserva de ley no puede ser un obstáculo para el desarrollo de los derechos y mucho menos para el cumplimiento de las obligaciones de derecho internacional que adquirieron al momento de ratificar tratados de derechos humanos como lo es la Convención Americana”, enfatizó Sierra.

La Corte notificó este martes al Gobierno de Costa Rica su respuesta ante una consulta que le hizo Casa Presidencial sobre los derechos de las personas LGBTI (lesbianas, gais,​ bisexuales, transexuales e intersexsuales).

Marvin Carvajal, director jurídico de Casa Presidencial, dijo que el resultado de la consulta es de acatamiento obligatorio no solo para Costa Rica, sino para todos los países que conforman el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

martes, 3 de octubre de 2017

Consejo de DD.HH. de la ONU aprobó moción condenando la pena de muerte por homosexualidad y cualquier otra razón "arbitraria o discriminatoria"


El viernes pasado, el Consejo de Derechos Huamnos de las Naciones Unidas aprobó una moción condenando el uso de la pena de muerte de manera "arbitraria o discriminatoria", incluida la pena de muerte como"castigo" por  homosexualidad.

La resolución del Consejo pidió que se prohibiera la pena de muerte "como una sanción para determinadas formas de conducta, como la apostasía, la blasfemia, el adulterio y las relaciones homosexuales consensuales", y criticó su uso en menores, enfermos mentales y  mujeres embarazadas.

Es la primera vez que una moción del Consejo de Derechos Humanos de la ONU ha condenado la pena de muerte aplicada a las personas homosexuales.

De los 47 países que integran el Consejo de Derechos Humanos, 27 votaron a favor mientras que 13 estados votaron en contra.
Los Estados Unidos votaron en contra de la moción, junto con Botswana, Burundi, Egipto, Etiopía, Bangladesh, China, India, Iraq, Japón, Arabia Saudita y Emiratos Árabes Unidos.

Cuba, Corea del Sur, Filipinas, Indonesia, Túnez, Nigeria y Kenya se abstuvieron.

André du Plessis, Jefe del Programa de Advocacy en las Naciones Unidas de la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transexuales e Intersexuales (ILGA), explicó a PinkNews

"Los votos en contra de esta resolución en general se pueden  interpretar mejor como la posición de un país sobre la pena de muerte en su conjunto. Es importante señalar que un voto "no" sobre la resolución no está dirigido a las relaciones entre personas del mismo sexo, sino a la cuestión más amplia de la  aplicaciónpena de muerte en general.
"Estados Unidos, por ejemplo, tiene la pena de muerte y tiene un registro consistente de  votar "no" en las resoluciones que están en contra de ella".
"Estamos agradecidos por el liderazgo de los ocho países que han promovido esta resolución -Bélgica, Benin, Costa Rica, Francia, México, Moldavia, Mongolia y Suiza- países que vienen de todos los rincones del mundo mostrando un verdadero apoyo interregional ."

viernes, 24 de junio de 2011

En Dia del Orgullo Gay presentarán informe sobre derechos LGBT en Perù

DiariodeLimaGay-24 de junio de 2011

Muy poco han avanzado los derechos de lesbians, gays, bisexuales y trans, según deja en claro el Informe Anual sobre Derechos Humanos de las personas Trans, Lesbianas, Gays y Bisexuales (TLGB) editado por la ONG PROMSEX que será presentado oficialmente el próximo martes 28 de junio, Dia Internacional del Orgullo Gay (LGBT), a las 7:00 pm en el Centro Cultural de España.

El informe da cuenta de varios hechos negativos ocurridos en los ultimos 12 meses como el bloqueo por parte de la Iglesia Católica y el Concilio Evangélico de la iniciativa de ‘ley contra los crímenes de odio, motivados por orientación sexual e identidad de género de las víctimas’, que contaba con respaldo de varios partidos y solo esperaba ser debatida en el Pleno del Congreso. También el informe cita el proyecto de ley de “uniones civiles” entre personas del mismo sexo, que tampoco prosperó en el Congreso.

El informe presenta ademas una investigación que revela la desinformación y los prejuicios hacia los homosexuales que existen en la población. Según datos de la encuesta de Ipsos Apoyo, más del 80% de los entrevistados señaló que creía que las personas homosexuales se volvían así durante el transcurso de sus vidas.

viernes, 17 de junio de 2011

Histórico reconocimiento de los derechos LGBT en la ONU

360 / DiariodeLimaGay - 17 de junio 2011

Las Naciones Unidas dispuso hoy la creación de un grupo de trabajo sobre violaciones de los derechos humanos contra las personas LGBT.

Esta es la primera vez que el cuerpo ha aprobado una resolución en la que se centra específicamente en la orientación sexual e identidad de género.


El Consejo de Derechos Humanos de la ONU adoptó hoy en Ginebra, una histórica resolución que establece, por primera vez, una advertencia clara y concreta contra la violación de los derechos de las minorías sexuales. El texto dispone la creación de un grupo para "documentar las leyes y prácticas discriminatorias y los actos de violencia contra las personas sobre la base de su orientación sexual e identidad de género".

Sudafrica, que presentó la resolución, fue atacada por los representantes de Pakistán y Nigeria. El gobierno de Pretoria fue acusado de "romper la tradición del Grupo de África" y afirmó que el 90% de los sudafricanos rechazan ese texto.

Lla resolución fue finalmente aprobada por 23 votos a favor (incluyendo la Unión Europea, Brasil y Estados Unidos) 19 en contra y 3 abstenciones.