06 de noviembre de 2012
El Pleno del Tribunal Constitucional de España ha avalado el matrimonio homosexual igualitario al rechazar, por ocho votos a favor y tres en contra, el recurso presentado por el Partido Popular(PP) hace siete años contra la reforma del Código Civil que regula el matrimonio, han confirmado fuentes del Tribunal Constitucional.
La decisión pone fin a la incertidumbre jurídica que ha rodeado en los últimos siete años la reforma que el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero acometió en julio de 2005, recién llegado al poder.
José María Núñez Blanco, Presidente de Fundación Triángulo, por la Igualdad Social de Gais y Lesbianas consideró que "La decisión del Tribunal Constitucional de apoyar la constitucionalidad del Matrimonio entre personas del mismo sexo es una gran noticia y un gran alivio. La mayoría del Tribunal apoyando la igualdad con una mayoría de 8 a 3 es una prueba de la legalidad de la medida aprobada en 2005, pero es además una clara señal. La amplia mayoría demuestra algo que siempre hemos defendido: los derechos de las personas gais, lesbianas, bisexuales y transexuales, no son otra cosa que Derechos Humanos y nuestra Constitución, como no podía ser de otra forma, tiene que defenderlos".
José María Núñez Blanco, Presidente de Fundación Triángulo, por la Igualdad Social de Gais y Lesbianas consideró que "La decisión del Tribunal Constitucional de apoyar la constitucionalidad del Matrimonio entre personas del mismo sexo es una gran noticia y un gran alivio. La mayoría del Tribunal apoyando la igualdad con una mayoría de 8 a 3 es una prueba de la legalidad de la medida aprobada en 2005, pero es además una clara señal. La amplia mayoría demuestra algo que siempre hemos defendido: los derechos de las personas gais, lesbianas, bisexuales y transexuales, no son otra cosa que Derechos Humanos y nuestra Constitución, como no podía ser de otra forma, tiene que defenderlos".
Decisión tras 7 años de incertidumbre
El fallo del Alto Tribunal recoge tres votos particulares de los magistrados del sector conservador Andrés Ollero, Ramón Rodríguez Arribas y Juan José González Rivas. Por su parte, el magistrado progresista Manuel Aragón ha emitido un voto concurrente, es decir, que está a favor del fallo pero tiene algunas objeciones jurídicas al mismo. Por su parte, el magistrado del bloque conservador Francisco Pérez de los Cobos ha votado a favor de rechazar el recurso.
Desde que la reforma del Código Civil entro en vigor en julio de 2005 y hasta el año pasado, se han celebrado un total 22.124 bodas entre personas del mismo sexo, de las que 897 han acabado en divorcio o separación, según datos del Instituto Nacional de Estadística. El número de estos matrimonios se ha mantenido más o menos constante, con entre 3.000 y 4.000 al año.
La reforma entró en vigor el 3 de julio de 2005, y convirtió a España en el cuarto país del mundo que legalizaba estas uniones. En su momento, la reforma modificó 16 artículos del Código Civil para sustituir los términos "marido" y "mujer" por el "cónyuges" y las palabras "padre" y "madre" por "progenitores". Además, amplió el artículo 44 con la siguiente afirmación: "El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo".
El Congreso aprobó definitivamente la reforma del Código Civil que regula el matrimonio homosexual el 30 de junio de 2005, con los a favor todos los grupos parlamentarios, salvo el PP y los diputados de Unió, que lo rechazaron, así como otros cuatro diputados que se abstuvieron. Pese al apoyo de la Cámara Baja, previamente el Senado había vetado la norma, con los votos del PP, cuatro diputados de CiU y uno del PAR.
El 30 de septiembre de 2005 el Partido Popular decidió interponer ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad contra la totalidad de la ley que regula el matrimonio entre personas del mismo sexo, al entender que la norma desnaturalizaba "la institución básica del matrimonio".
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