
Según la nota, la reforma :
1. Mejora el marco legal para sancionar los verdaderos casos de violencia sexual contra las/los adolescentes entre 14 y menos de 18 años tomando en cuenta que están expuestos a una mayor vulnerabilidad que las personas adultas.
2. Revierte las consecuencias funestas de considerar como delito de violación toda relación sexual entre /con adolescentes.
3. Corrige la penalización que se hace sin distinguir toda relación sexual incluida las consentidas entre/con adolescentes, lo que ha traído graves consecuencias en el sistema de justicia y en los servicios de salud.
Este Proyecto de Ley propone:
1. Mantener las penas altas cuando hay una violación sexual mediante fuerza o grave amenaza contra adolescentes de 14 a menos de 18 años. La pena aplicable es de 25 a 30 años (reforma del artículo 170º del Código Penal).
2. Incorpora un nuevo tipo penal mejorado (reforma del artículo 175º del Código Penal) que protege a los/as adolescentes de los actos sexuales en los que no hay consentimiento válidamente prestado pues ha mediado:
a) engaño,
b) un aprovechamiento de una situación de superioridad por posición o cargo o
c) un aprovechamiento de una vulnerabilidad de la víctima
3. Despenaliza las relaciones sexuales consentidas entre/con adolescentes entre 14 y menos de 18 años (reforma del artículo 173º del Código Penal).
Promsex, organización preocupada por la protección de las/os adolescentes frente a la violencia, incluida la sexual, aclara que esta reforma legal, sanciona de manera drástica los casos de abuso sexual y mejora el marco legal vigente desde el 05 de abril del 2006
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