martes, 4 de octubre de 2016

En el Perú los matrimonios del mismo sexo pueden adquirir y registrar bienes como pertenecientes a la sociedad conyugal determina Tribunal Registral



En nuestro país ya es posible que un matrimonio de personas del mismo sexo pueda inscribir la compra de un inmueble en Registros Públicos. Así lo resolvió el Tribunal Registral, señalando además que tal procedimiento no contraviene el orden público internacional.

Una pareja de dos hombres o dos mujeres que haya contraído matrimonio en un país extranjero no tendrá problemas para que sus derechos patrimoniales sean reconocidos e inscritos en el Perú. Este es el caso de dos hombres que se unieron en Bélgica y compraron dos inmuebles en Lima. Tras la compra, recurrieron a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos a fin de registrar la adquisición como bienes de la sociedad conyugal sujetos al régimen de separación de patrimonios.




Luego de algunos obstáculos en las oficinas de Registros Públicos (observación del registrador), la solicitud llegó en vía de apelación a la Primera Sala del Tribunal Registral de la Sunarp, que finalmente declaró procedente la inscripción de la compra de los inmuebles compartidos por la pareja.

"Los matrimonios entre personas del mismo sexo son permitidos en Bélgica, por lo que no resulta factible desconocer la eficacia del vínculo matrimonial contraído entre los compradores ni el régimen patrimonial adoptado como pretende el registrador, ya que dicho vínculo se realizó al amparo de la legislación belga que permite ese tipo de matrimonios, aspecto que no resulta incompatible con el orden público internacional ni con las buenas costumbres. Así, no podría ser incompatible con el orden público internacional el matrimonio entre personas del mismo sexo, pues está permitido en innumerables países", puede leerse en la resolución 1858 SUNARP TR.

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