lunes, 10 de agosto de 2009

ARGENTINA : DICTAMEN DE PROCURADOR DE LA CORTE RECONOCE QUE ES DISCRIMINATORIO NEGAR EL MATRIMONIO A LOS GAYS

Página12 - 10 de agosto de 2009

Dos mujeres lesbianas recurrieron a la Justicia para casarse. La causa llegó a la Corte. Antes del fallo, el procurador de la corte opinó que no se puede desconocer la realidad de las personas homosexuales y sugirió que el máximo tribunal recomiende al Congreso que debata el tema.


“Ninguna solución sana ha de venir por la vía del desconocimiento de la realidad que viven estos conciudadanos”, concluyó el procurador general de la Nación, Esteban Righi, quien agregó: la “clarificación” de la situación legal que atraviesan las parejas de gays y lesbianas que quieren casarse “es una deuda que el sistema político-jurídico debe saldar”.

La declaración forma parte del extenso dictamen en el que evalúa el pedido de inconstitucionalidad de la ley de matrimonio civil que la dirigente de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (Falgbt) María Rachid y su mujer Claudia Castro elevaron a la Corte Suprema, tras un fallido intento por convertirse en esposas ante la ley. El informe que Righi presentó a los jueces de la Corte Suprema, y que Página/12 pudo conocer en exclusiva, es terminante: el máximo tribunal debe arbitrar los medios y mecanismos ya usados en el caso Badaro para que la demanda de matrimonio legal para gays y lesbianas sea debatida en el Congreso de la Nación.

En febrero de 2007, María Rachid y Claudia Castro quisieron casarse como cualquier pareja heterosexual, pero la misma jueza del registro civil que, años antes, las había unido civilmente, debió negarse. “Me encantaría pero no puedo. La ley no me lo permite”, explicó, por lo que las mujeres convirtieron el matrimonio frustrado en un pedido de inconstitucionalidad de esa ley, por considerarla discriminatoria. A mediados de 2007, la jueza María Bacigalupo encontró que esa negativa era de lo más acertada , lo cual motivó otro recurso judicial de Rachid y Castro, esta vez ante la Cámara de Apelaciones, que también rechazó la solicitud. Así, se llegó a la Corte Suprema. Es a esa demanda que viene a responder el dictamen de Righi.

“Muchas veces el contenido de las sentencias expusieron a la ‘luz pública’ realidades sociales que, si bien existieron siempre, no fueron –por la causa que fuere– previstas (ni, agrego ahora, resueltas) por el legislador que entonces sí se vio compelido a considerarlas”, recuerda –citándose a sí mismo, en una evaluación anterior– Righi al fin del dictamen “Rachid, María de la Cruz y otro c/ Registro Nacional de Estado y Capacidad de las Personas”.

El dictamen de Righi se refiere a la necesidad de que el Estado responda a una demanda cuya falta de respuesta afecta a un número importante de ciudadanas y ciudadanos. Esa dimensión numérica convierte una cuestión privada en cuestión de interés público. Que haya parejas formales compuestas por personas del mismo sexo, y que esas personas deseen el reconocimiento legal de esas uniones significa que algo ha cambiado desde que se redactó la ley de matrimonio civil. Por ello, lo cuestionado “es la potestad estatal de restringir la libertad de consentimiento en punto a la complementariedad sexual, por la vía del diseño matrimonial imperativo”, es decir, el heterosexual.

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